martes. 23.04.2024

No ha pasado ni 24 horas y el Tribunal Supremo en una acción sorprendente y sin precedentes en la historia jurídica de esta institución –cuya mayor parte de sus miembros son nombrados por el Congreso de los Diputados, es decir, por partidos políticos, ha cambiado su criterio en torno a la devolución del impuesto de Actos Jurídicos Documentados de las hipotecas.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal ha acordado “con carácter urgente” y ante la “enorme repercusión económica y social”, dejar en suspenso el cambio de criterio manifestado en la sentencia hecha pública ayer y en la que se señala que son los bancos –y no los clientes- quienes deben pagar el impuesto de Actos Jurídicos Documentados de las hipotecas. Asimismo, ordena que sea el Pleno de la Sala el que decida “si dicho giro jurisprudencial debe ser o no confirmado”.

¿Presiones? Se desconocen las razones o ‘presiones’ que haya podido sufrir el Supremo para proceder de esta forma tan poco habitual para adoptar una decisión que ‘suspende’ los efectos de la sentencia hasta ‘nueva orden’.

Debido a que la sentencia de ayer es firme y no puede ser modificada, el Supremo opta por juzgar de forma urgente otro procedimiento, que seleccionará entre las numerosas sentencias que han llegado recurridas ante este alto tribunal, formado entre otros por jueces nombrados por el Congreso de los Diputados, o lo que es lo mismo, por los partidos políticos con representación parlamentaria.

 

El Tribunal Supremo revisará si los bancos deben pagar el impuesto de las hipotecas