sábado. 27.04.2024
VIVIENDA

El criterio preliminar del TJUE abre la puerta para anular miles de ejecuciones hipotecarias y desahucios

El abogado general del TJUE insta a anular las ejecuciones cuando la cláusula de vencimiento anticipado permita iniciarlas por un solo impago, aunque los hipotecados no hayan pagado 36 recibos. La decisión abre una puerta de esperanza a miles de almerienses para tumbar la ejecución hipotecaria y el desahucio de su vivienda, según el bufete almeriense especializado en bancario Samuel Najas Abogados.

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El abogado general de la Corte de Luxemburgo insta a anular las ejecuciones cuando la hipoteca permita iniciarlas por un solo impago. Rechaza aceptar las cláusulas de vencimiento anticipado abusivas aunque el banco no las aplique hasta sufrir 36 atrasos en el cobro.

El abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), una especie de fiscal general de la Corte comunitaria, considera que las cláusulas hipotecarias españolas que permiten iniciar un desahucio ante un solo impago deben ser anuladas por abusivas y no pueden ser suavizadas. Esta es la conclusión que el abogado general ha alcanzado en su informe previo a la sentencia tras estudiar una cuestión planteada por el Tribunal Supremo de España al TJUE, y cuatro casos similares más. Luxemburgo deberá emitir un dictamen definitivo en las próximas semanas tras escuchar el criterio del abogado general, que suele seguir.

Precisamente esta última decisión, la del TJUE será la que dilucide la cuestión. En cualquier caso, la posición del abogado general del TJUE suele coincidir generalmente con la decisión de la corte comunitaria por lo que se espera una resolución favorable a los consumidores y en contra de la banca.

Según señala el bufete almeriense de abogados Samuel Najas, con sede en Roquetas de Mar y especializado en materia de bancaria (950 31 48 22 y 628 40 94 69 whatsapp), “una decisión del TJUE en el mismo sentido que el abogado general determinaría que cientos de familias de Roquetas pudieran vencer en los tribunales a los bancos que pretenden ejecutar sus viviendas y desahuciarlos. Una decisión en la línea que apunta el fiscal general será un gran arma jurídica en manos de los abogados especialista en materia bancaria”.

La propuesta del abogado general supone eliminar del contrato las cláusulas de vencimiento anticipado que permitan iniciar la ejecución hipotecaria ante un solo impago, sin posibilidad de sustituir el texto de las mismas elevando el número de cuotas para permitir que el banco pueda impulsar el desahucio aunque el impago sea mayor, como sugirió el Supremo.

De hecho, aunque la ejecución hipotecaria de uno de los casos no se inicia con el primer impago, sino cuando ya se han dejado de abonar 36 cuotas, el abogado general considera que la abusividad de la cláusula debe impedir aplicarla igualmente.

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